Les presentamos algunos gráficos que ejemplifican el uso y aplicación de los artículos más representativos del reglamente de construcciones del distrito federal para el diseño arquitectónico.

Este reglamento de construcciones aplica para las construcciones realizadas dentro de la Ciudad de México, pero puede usarse como base para proyectos realizados en cualquier parte del mundo ya que describe los requisitos mínimos de ventilación e iluminación en los espacios.

ARTÍCULO NOVENO TRANSITORIO

  1. REQUISITOS MÍNIMOS DE VENTILACIÓN
  1. Los locales habitables y las cocinas domésticas en edificaciones habitacionales, los locales habitables en edificios de alojamiento, los cuartos de encamados en hospitales y las aulas en edificaciones para educación elemental y media, tendrán ventilación natural por medio de ventanas que den directamente a la vía pública, terrazas, azotea, superficies descubiertas, interiores o patios que satisfagan lo establecido en el literal G de este artículo.

El área de aberturas de ventilación no será inferior al 5 % del área del  local.

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Los locales en las edificaciones contarán con medios que aseguren la iluminación diurna y nocturna necesaria para sus ocupantes y cumplan los siguientes requisitos:

  1. Los locales habitables y las cocinas domésticas en edificaciones habitacionales, locales habitables en edificios de alojamiento, aulas en las edificaciones de educación elemental y media, y cuartos para encamados en hospitales, tendrán iluminación diurna natural por medio  de ventanas que den directamente a la vía pública, terrazas, azoteas, superficies descubiertas, interiores o patios que satisfagan lo establecido en el literal G de este artículo.

El área de las ventanas no será inferior a los siguientes porcentajes, correspondientes a la superficie del local, para cada una de las orientaciones:

Norte                  15.0 %

Sur                     20.0 %

Este y oeste       17.5 %

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En el dimensionamiento de ventanas se tomará en cuenta,  complementariamente, lo siguiente:

  1. a) Los valores para orientaciones intermedias a las señaladas podrán interpolarse en forma proporcional.
  2. b) Cuando se trate de ventanas con distintas orientaciones en un mismo local, las ventanas se dimensionarán aplicando el porcentaje mínimo de iluminación a la superficie del local dividida entre el número de ventanas;

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  1. Los locales cuyas ventanas estén ubicadas bajo marquesinas techumbres, pórticos o volados, se considerarán iluminadas y ventiladas naturalmente cuando dichas ventanas se encuentren remetidas como máximo la equivalente a la altura de piso a techo de la pieza o local;

III. Se permitirá la iluminación diurna natural por medio de domos o tragaluces en los casos de baños, cocinas no domésticas, locales de trabajo, reunión, almacenamiento, circulaciones y servicios.

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  1. IV.Los locales a que se refieren las fracciones I y II contarán, además, con medios artificiales de iluminación nocturna en los que las salidas correspondientes deberán proporcionar los niveles de iluminación a que se refiere la fracción VI.
  2. VI.Los niveles de iluminación en luxes deberán proporcionar los medios artificiales serán, como mínimo, los siguientes.
Requisitos mínimos de iluminación artificial
Tipo de edificación Local Nivel de iluminación
Habitacional
Vivienda unifamiliar

Vivienda plurifamiliar

Circulaciones 50 luxes
Comercial
Abasto y almacenamiento Almacenes 50 luxes
Circulaciones 100 luxes
Mercados públicos Naves 75 luxes
Venta de combustibles y explosivos Áreas de servicio 70 luxes
Áreas de bombas 200 luxes
Tiendas de productos básicos y especialidades
Tiendas de autoservicio En general 250 luxes
Tiendas departamentales y centros comerciales
Agencias y talleres de reparación
Tiendas de servicios y servicios diversos Baños 100 luxes
Baños públicos
Gimnasios y adiestramiento físico En general 250 luxes
Servicios

Administración

Bancos, casas de bolsa y casas de cambio Áreas y locales de trabajo 250 luxes
Circulaciones 100 luxes
Cuando sea preciso apreciar detalles 100 luxes
Oficinas privadas y públicas Cuando sea preciso apreciar detalles

Toscos o burdos

Medianos

Muy finos

200 luxes
300 luxes
500 luxes
Hospitales y centros de salud
Atención médica o dental a usuarios externos Consultorios y salas de curación 300 luxes
Salas de espera 125 luxes
Atención a usuarios internos Circulaciones 100 luxes
Salas de encamados 75 luxes
Servicios médicos de urgencia (públicos y privados) Emergencia en consultorios y salas de curación 300 luxes
Asistencia social
Centros antirrábicos, clínicas y hospitales veterinarios Salas de curación 300 luxes
Educación e instituciones científicas
Atención y educación preescolar Aulas 250 luxes
Educación formal básica y media Aulas y laboratorios

Circulaciones

300 luxes
100 luxes
Educación formal media-superior y superior, y educación informal Aulas y laboratorios 300 luxes
Circulaciones 100 luxes
Institutos de investigación Aulas y cubículos 250 luxes
Exhibiciones
Galerías de arte, museos, centros de exposiciones Salas de exposición 250 luxes
Vestíbulos 150 luxes
Circulaciones 100 luxes
Centros de información Salas de lectura 250 luxes
Instituciones religiosas
Lugares de culto (templos, iglesias y sinagogas) Áreas de reunión 100 luxes
Alimentos y bebidas
Servicios de alimentos y bebidas con o sin esparcimiento En general 250 luxes
Restaurantes 50 luxes
Centros nocturnos 30 luxes
Cocinas 200 luxes
Entretenimiento y recreación social
Espectáculos y reuniones Salas durante la función 1 lux
Iluminación de emergencia 25 luxes
Salas durante los intermedios 50 luxes
Vestíbulos 150 luxes
Circulaciones 100 luxes
Emergencia en circulaciones y sanitarios 30 luxes
Deportes y recreación
Prácticas y/o espectáculos deportivos Circulaciones 100 luxes
Alojamiento
Hoteles y moteles Habitaciones 75 luxes
Casas de Huéspedes Circulaciones 100 luxes
Albergues turísticos juveniles Vestíbulos 150 luxes
Áreas y locales de trabajo 250 luxes
Campamentos para remolques y campismo estacionamiento de vehículos 30 luxes
Circulaciones 75 luxes
Policía y bomberos
centrales de policía, estaciones de bomberos y cuarteles Áreas y locales de trabajo 250 luxes
Funerarios
Agencias funerarias Velatorios 125 luxes
Transportes
Estacionamientos privados y públicos, incluyendo encierros de vehículos Entrada y salida 300 luxes
Espacio de circulación, pasillos, rampas y zonas peatonales 100 luxes
Espacios para estacionamiento (cajones) 50 luxes
Caseta de control 200 luxes
Zona de espera 50 luxes
Pasillos y cajones 50 luxes
Servicios de mudanzas En general 250 luxes
Industria
para todo tipo de industria Áreas de trabajo en que no sea preciso apreciar detalles 100 luxes
Áreas de trabajo en que sea preciso apreciar detalles:
Toscos y burdos 200 luxes
Medianos 300 luxes
Muy finos 500 luxes
Área de almacenamiento 50 luxes
Circulaciones 100 luxes
Comedores 150 luxes
Comunicaciones
servicios al público de correos y telégrafos, mensajería y paquetería En general 250 luxes
Infraestructura
Infraestructura de acuerdo a los locales de que se trate
Espacios Abiertos
Plazas y explanadas Circulaciones 75 luxes
Parques y jardines Estacionamientos 30 luxes

Archivos Adjuntos: 

Estos gráficos de ejemplificación del reglamento puedes descargarlos en un archivo de Autocad.